Patrick L. Cordero Law Firm

how to deal with creditor harassment archives

¿PUEDEN LOS RECOGIDORES DEUDAR UTILIZAR MEDIOS SOCIALES PARA SEGUIR A LOS CONSUMIDORES?

Muchos residentes de Miami disfrutan actualizando sus sitios de redes sociales y han seleccionado cuidadosamente sus páginas de LinkedIn, Facebook y Twitter.

Lo que la mayoría de los consumidores nunca consideran al utilizar las redes sociales en sus interacciones con familiares, amigos y contactos comerciales es que las agencias de cobro de deudas también pueden desplazarse por las páginas de los deudores en las redes sociales. Pueden usar información seleccionada en línea para cobrar deudas.

Todo esto es legal, con algunas salvedades. Los rastreadores de saltos acceden a los sitios de redes sociales para saber dónde se han reubicado sus objetivos. Una simple búsqueda en Google puede generar una cantidad sorprendente de información personal sobre los consumidores. Pero los cobradores de deudas pueden meterse en problemas con la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas utilizando estas herramientas.

"1692c: Comunicación en relación con el cobro de deudas".

Debido a que la página de Facebook de un consumidor es más pública que privada, conectarse con alguien es como hablar con una persona en una fiesta llena de gente en la que siempre tienes la libertad de cerrar la discusión y seguir adelante. Si su página de Facebook está configurada como "Pública", un cobrador de deudas también puede comunicarse con usted allí. Pero si un cobrador de deudas publica información sobre sus deudas en su página de redes sociales, esto es una violación de la prohibición contra las divulgaciones de terceros.

"1692e: Representaciones falsas o engañosas"

De acuerdo con las disposiciones de esta subsección de la FDCPA, "Un cobrador de deudas no puede utilizar ninguna representación o medio falso, engañoso o engañoso en relación con el cobro de una deuda". Esto significa que un cobrador de deudas violaría la ley si intentara "hacerse amigo" de un consumidor al que busca para el pago de deudas con falsos pretextos y tratar de obtener más información sobre él, su estilo de vida o su empleo. Tampoco pueden comunicarse contigo sobre tus presuntas deudas o intentar que aceptes hacer planes de pago bajo el disfraz de una amistad de Facebook.

Los consumidores con deudas pendientes que estén preocupados por problemas de privacidad deben editar sus páginas de redes sociales en consecuencia, con la conciencia de que cualquier información financiera o de empleo que publique puede ser útil para sus acreedores.

Si está cansado de las tácticas de los acreedores y está listo para tomar en serio su situación financiera, un profesional legal puede analizar los pros y los contras de declararse en bancarrota en su situación particular.

Fuente: Grupo de servicios de arreglos, “¿Aceptará mi solicitud de amistad? Uso de las redes sociales en el cobro de deudas ”Ashley Holmgren, 19 de junio de 2014